Ayudas PAC

Ecorregímenes 2027 para cereal: rotación con mejorantes y siembra directa, importes y balance de Nitrógeno

Importes 2025-2027 por hectárea, requisitos literales del RD 1048/2022 y cómo la leguminosa del ecorrégimen entra en tu plan de abonado. Qué decidir ya.

Respuesta directa: si siembras cereal, tu ecorrégimen es el de "rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo" (artículos 32 a 37 del Real Decreto 1048/2022). En secano paga 42,81 €/ha en la campaña 2026 (importe provisional del FEGA, 10 de septiembre de 2026) y el propio Real Decreto planifica 41,33 €/ha para 2027; el definitivo de 2027 no existe todavía. Te pide rotar al menos el 50 % de la tierra de cultivo con un 10 % de especies mejorantes (la mitad, leguminosas), o siembra directa en al menos el 40 %. Y la leguminosa que siembras para cobrarlo es la misma que entra en el balance de nitrógeno de tu plan de abonado, obligatorio desde el 1 de septiembre de 2026.

Los 42 euros no son lo más valioso del ecorrégimen de rotación.

Lo más valioso pasa debajo del guisante.

Arranca una planta en marzo y mira las raíces. Si los nódulos están rosados por dentro, están trabajando: fijan nitrógeno del aire. Ese nitrógeno no lo has pagado. Y, desde este septiembre, tiene que aparecer en un papel: tu plan de abonado.

Casi nadie cuenta las dos cosas juntas. Vamos a juntarlas.

¿Qué ecorrégimen puedes pedir si siembras cereal?

Uno, con dos prácticas y tres tipos de tierra.

El RD 1048/2022 lo regula por separado para secano (artículo 33), secano húmedo (artículo 34) y regadío (artículo 35). En cada tipología eliges una práctica: rotación de cultivos con especies mejorantes (artículo 36) o siembra directa (artículo 37).

El secano húmedo no es una sensación: son comarcas con pluviometría media "superior o igual a los 650 mm" (serie 2011-2020), listadas en el anexo XIII. Si la tuya no está, eres secano a secas.

Se paga "sobre la totalidad de la superficie de las tierras de cultivo" declarada para la práctica, no solo sobre la leguminosa. Las siglas, en el glosario de siglas de la PAC.

¿Qué te exige exactamente la rotación con especies mejorantes?

Tres cosas, y están escritas. Artículo 36 del RD 1048/2022, texto consolidado:

  • Rotar la mitad: "al menos, el 50 % de la superficie de tierra de cultivo correspondiente presente cada año un cultivo diferente al cultivo previo". El cultivo secundario cuenta. El barbecho tras una leguminosa, no.
  • Un 10 % de mejorantes: "como mínimo, el 10 % de la superficie de tierra de cultivo correspondiente, esté ocupada por especies mejorantes de las especificadas en el anexo XV, de las cuales las leguminosas deben representar, al menos, una superficie equivalente al 5 % de la superficie acogida a esa práctica". Puede ir a abonado en verde si llega "hasta al menos el inicio de floración". En las comarcas áridas del anexo XVI, el mínimo de leguminosas en secano baja al 2,5 %.
  • Si tienes 10 hectáreas o menos de tierra de cultivo: rotas el 50 % o diversificas con "al menos, dos cultivos diferentes sin que el principal suponga más del 75 por ciento". Y "no se exigirá contar con especies mejorantes" (apartado 2, redacción del RD 916/2025).

El 50 % puede bajar al 25 % si más del 25 % de tu tierra de cultivo son plurianuales o si tu comunidad justifica "condiciones agroclimáticas adversas". Castilla y León lo ha hecho para 2026/2027 (29 de septiembre de 2026): rotación al 25 %, barbecho tras leguminosa computable y labor vertical en siembra directa. Mira si la tuya ha hecho lo mismo.

Mejorantes del anexo XV: leguminosas (guisante, veza, yeros, habas, altramuz, garbanzo, lenteja, alfalfa, soja), crucíferas (colza, camelina, mostazas), girasol, cártamo, ajo y adormidera.

¿Y la siembra directa?

Artículo 37. En "al menos un 40 % de la tierra de cultivo correspondiente a cada tipología", a la vez y sobre la misma superficie:

  • "No realizar labores de arado sobre el suelo."
  • "Sembrar directamente sobre los rastrojos y mantener éstos sobre el terreno, de manera que el suelo esté cubierto durante todo el año."
  • Rotar: cada año "un cultivo diferente al cultivo previo".

Y hay premio por repetir: "un complemento adicional por llevar a cabo esta práctica en años consecutivos sobre la misma superficie", de "25 euros por hectárea". Por eso el FEGA publica importes "con" y "sin plurianualidad": esos 25 euros, y solo los cobra la siembra directa.

¿Cuánto se cobra por hectárea en 2025, 2026 y 2027?

El modelo mental: hay tres importes y la gente los mezcla. El planificado (anexo X del RD, el objetivo), el provisional (lo publica el FEGA en septiembre para el anticipo) y el definitivo (lo fija el FEGA en primavera, cuando sabe cuántas hectáreas se pidieron).

Tabla (tramo 1 / tramo 2, €/ha, sin complemento de plurianualidad):

Tierra de cultivo Requisito 2025 definitivo (FEGA, 19-may-2026) 2026 provisional (FEGA, 10-sep-2026) 2027 planificado (anexo X RD 1048/2022) Umbral de tramo (anexo XII)
Secano peninsular Rotación 50 % + 10 % mejorantes (5 % leguminosas) o siembra directa 40 % 44,32 / 31,024 42,81 / 29,967 41,33 (mín. 24,76; máx. 105,56 rotación, 195 siembra directa) 70 ha
Secano húmedo (≥650 mm) Igual 79,96 / 55,972 63,18 / 46,25 74,80 (mín. 46,25; máx. 114,07 rotación, 227 siembra directa) 30 ha
Regadío peninsular Igual + plan de abonado y registro de nutrientes y riego (art. 35.2) 141,98 / 99,386 137,46 / 96,222 133,01 (mín. 83,40; máx. 222 rotación, 268 siembra directa) 25 ha

Baleares suma 28 €/ha en secano y 80 €/ha en regadío (artículos 33.4 y 35.7).

La degresividad (artículo 25): si no hay dinero para todos, se recorta a las hectáreas que superan el umbral del anexo XII, y "el importe final así calculado para estas hectáreas no podrá ser inferior al 70 % del importe esperado". En 2025 pasó justo eso: tramo 1 al planificado (44,32 en secano), tramo 2 al 70 % (31,024).

Novedad de este otoño: el anticipo de 2026 puede llegar al 75 % del pago, en vez del 70 %, y adelantarse al 16 de octubre (Reglamento (UE) 2026/1768; nota del FEGA, 10 de septiembre de 2026). El saldo, del 1 de diciembre de 2026 al 30 de junio de 2027.

¿Qué cambia entre la campaña 2026 y la 2027?

Lo aprobado y lo que no. Sin mezclar.

Ya en vigor desde la campaña 2026 (RD 916/2025, BOE de 15 de octubre de 2025): 10 ha o menos sin mejorantes y adormidera como mejorante. Para la campaña 2027, a 13 de octubre de 2026:

  • No hay un real decreto que cambie la rotación o la siembra directa para 2027. La última modificación del RD 1048/2022 (RD 537/2026, de 30 de junio) solo toca plazos de la solicitud única en Andalucía.
  • El importe planificado 2027 sí está publicado: 41,33 €/ha en secano, 74,80 en secano húmedo y 133,01 en regadío (anexo X). Último año de una senda que empezó en 47,67 en 2023.
  • La solicitud única 2027 va del 1 de febrero al 30 de abril (artículo 108.2: "A partir del año 2024 el plazo se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año"). Tu comunidad puede ampliarlo, nunca más allá del 15 de mayo.
  • La PAC 2028-2034 es solo una propuesta. La Comisión la presentó el 16 de julio de 2025; el ministro Planas dijo el 16 de septiembre de 2026 que España tiene "asegurados" 37.235 millones y que quiere cerrar el acuerdo antes de fin de año. Si lees "nuevos ecorregímenes 2028", es negociación, no norma.

Todas las fechas de PAC, fertilización y cuaderno están juntas en el calendario normativo 2026-2028.

¿Cómo entra la leguminosa en tu balance de nitrógeno?

Este es el puente que nadie cruza.

Desde el 1 de septiembre de 2026 necesitas un plan de abonado por unidad de producción (RD 1051/2022); el registro de fertilización ya es exigible desde el 1 de enero de 2026. En regadío, además, el plan de abonado es requisito para cobrar el ecorrégimen (artículo 35.2 del RD 1048/2022: "deberán disponer de un Plan de abonado"). Mismo documento, dos normas. Y con precio: según el anexo II del RD 147/2023, en el ecorrégimen de regadío no disponer de plan de abonado se penaliza con el 20 % de la ayuda el primer año y el 30 % si se repite; tenerlo incompleto, entre el 5 % y el 15 %. Lo mismo si no hay cuaderno o no hay ninguna anotación de aportes de nutrientes y riego. Un detalle que casi nadie lee: el artículo 29.4 del mismo real decreto dice que, si llevas el cuaderno digital para todas las anotaciones y lo pones a disposición de la administración a través del Registro Autonómico, "la cuantía de las penalizaciones se reducirá a la mitad".

Un plan de abonado es un balance: salidas (lo que extrae la cosecha) menos entradas (suelo, agua, restos, cultivo precedente, orgánicos). No es una interpretación: el artículo 5.1.a) del RD 1051/2022 exige que en el cuaderno consten, del plan de abonado, "rendimiento esperado, cultivo precedente, necesidades de N, de P2O5 y de K2O y fecha de elaboración del plan". Y la Guía práctica de la fertilización racional del MAPA lista "cultivo precedente" entre las entradas y dice de las leguminosas que "dejan el exceso en el suelo a disposición de la cosecha siguiente". Y avisa: ese exceso "puede ser muy variable entre años", así que conviene "un análisis del suelo".

Ejemplo con cifras oficiales (orientativo; tu parcela manda).

Año 1, guisante en secano, 1.500 kg/ha.

  • Nitrógeno que mueve la planta entera: 43,8-50,3 kg N/t (Balance del Nitrógeno en la Agricultura Española, MAPA 2025) → 66-75 kg N/ha.
  • El 55 % viene de la fijación biológica (mismo documento, capítulo 9) → 36-41 kg N/ha que no has comprado.
  • Reparto: 79 % en el grano, 16 % en la paja, 5 % en raíces (tabla 2) → 14-15 kg N/ha se quedan en el campo si no retiras la paja.
  • Abonado que recomienda la Guía del MAPA para 1.000-2.000 kg de leguminosa: 15-20 kg N/ha. La cebada: 80-140 kg N/ha en zonas húmedas, sin respuesta por encima de 50 en secanos áridos (Guía, capítulo 16).

Año 2, cebada tras el guisante, 3.500 kg/ha.

  • Necesidad: 25 kg N/t (Guía, capítulo 16) → 87,5 kg N/ha.
  • La Guía recomienda "20-30 kg N/ha en la siembra, según el cultivo anterior". Tras leguminosa, ese fondo es el primer candidato a desaparecer.
  • La cobertera, por análisis de nitratos de 60 a 120 cm, como pide la Guía para cebada.

Traducido: 20-30 kg N/ha de fondo son 43-65 kg de urea del 46 %. Multiplica por lo que pagaste la urea y súmalo a los 42,81 €/ha del ecorrégimen. Eso aporta la leguminosa a tu margen. En el índice de umbral de rentabilidad del cereal entra como €/ha que bajan el precio al que empiezas a ganar.

Cómo se mete en el plan: cómo hacer tu plan de abonado paso a paso con la herramienta del Ministerio. Qué anotar: registro de fertilización.

¿Qué decides esta sementera?

Hoy es 13 de octubre de 2026. Lo que siembres en las próximas semanas es la campaña PAC 2027. No hay "ya veré en febrero".

  • Mide tu tierra de cultivo por tipología. El 50 %, el 10 % y el 5 % se calculan sobre eso.
  • Con 10 ha o menos: dos cultivos, el principal por debajo del 75 %. Sin mejorantes.
  • Con más: 10 % de mejorantes y, dentro, 5 % de leguminosa. Una veza o un guisante en la parcela que peor va.
  • Siembra directa: 40 % de cada tipología, rastrojo en superficie, mismas parcelas en 2028 si quieres los 25 €/ha.
  • Mete la leguminosa en el plan de abonado del cereal que la siga. Fondo a cero y cobertera por análisis.
  • Apúntalo todo, en papel o en digital. Fitosanitarios en digital el 1 de enero de 2027; cuaderno digital completo el 1 de enero de 2028 para más de 30 ha de cultivo, más de 5 de regadío o invernadero de más de 0,1 ha.

Con 914.871 explotaciones y 26,37 ha de media (INE, Censo Agrario 2020), la explotación media supera las 10 ha de la vía fácil. Casi todos necesitáis la leguminosa.

La guía completa de ayudas PAC 2027 para cereal, con el resto de intervenciones, la estamos preparando.

El guisante no te regala nitrógeno. Te lo presta en el momento justo. Tu trabajo es apuntarlo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto pagan los ecorregímenes de cereal en 2027?

El definitivo de 2027 no está publicado. El anexo X del RD 1048/2022 planifica 41,33 €/ha en secano, 74,80 en secano húmedo y 133,01 en regadío, más 25 €/ha de plurianualidad en siembra directa. El provisional 2026 del FEGA es 42,81 / 63,18 / 137,46 €/ha.

¿Qué porcentaje de leguminosas exige la rotación con especies mejorantes?

Al menos el 10 % de la tierra de cultivo con mejorantes del anexo XV, y dentro al menos un 5 % de leguminosas (2,5 % en secano de comarcas áridas). Con 10 ha o menos de tierra de cultivo no se exigen mejorantes (artículo 36 RD 1048/2022).

¿Cuándo se presenta la solicitud única de 2027?

Por el artículo 108.2 del RD 1048/2022, del 1 de febrero al 30 de abril de 2027; las comunidades autónomas pueden ampliarlo hasta el 15 de mayo como máximo.

¿La leguminosa del ecorrégimen cuenta en el plan de abonado?

Sí. El artículo 5.1.a) del RD 1051/2022 exige anotar, del plan de abonado, el "cultivo precedente" junto al rendimiento esperado y las necesidades de N, P2O5 y K2O; y la Guía de fertilización del MAPA lo trata como una de las entradas del balance. En regadío, además, el plan de abonado es requisito para cobrar el ecorrégimen (artículo 35.2 RD 1048/2022).

¿Cambian los ecorregímenes con la PAC 2028-2034?

No se sabe. La propuesta de la Comisión (16 de julio de 2025) sigue en negociación a 13 de octubre de 2026. Para la campaña 2027 rige el RD 1048/2022 con sus modificaciones vigentes.

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Fuentes (verificadas en octubre de 2026)

Última verificación normativa: 13 de octubre de 2026.

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